Orden INN/59/2020 – BOC 01/12/2020
Durante el año 2021 los establecimientos comerciales radicados en la Comunidad Autónoma de Cantabria podrán abrir al público, con carácter general, los domingos y festivos que se señalan a continuación:
- 3 de enero
- 1 de abril
- 18 de julio
- 1, 8 y 22 de agosto
- 31 de octubre
- 28 de noviembre
- 5 y 26 de diciembre
La autorización para la apertura de establecimientos comerciales en las fechas señaladas en la presente Orden se entenderá limitada por lo que disponga la normativa vigente en otras materias y, particularmente, la laboral.
A efectos de lo dispuesto en la presente Orden se considerarán días festivos los incluidos en el calendario de fiestas laborales para 2021, ya sean de carácter nacional, autonómico o local.