SUBVENCIONES PROGRAMA PROTOCOLO FAMILIAR EN LAS PYMES PROMOVIDO POR SODERCAN

SUBVENCIONES PROGRAMA PROTOCOLO FAMILIAR EN LAS PYMES PROMOVIDO POR SODERCAN

BOC NÚM. 40 DE 27 de febrero de 2025. Resolución SOD/PEF/22/25, de 20 de febrero de 2025, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2025 de las subvenciones del Programa de Protocolo Familiar en las PYMES, promovido por SODERCAN, S.A.

PERSONAS BENEFICIARIAS:

Empresas del ámbito familiar que desarrollen su actividad en la industria o en los servicios de apoyo a la industria, siempre que se trate de autónomos/as o de pymes, y que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:

— Los/as autónomos/as que ejerzan una actividad empresarial o profesional de la que provengan más del 50% de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo, siempre que se justifique la contratación de otras personas que guarden lazos familiares con el/la titular de la misma hasta el grado de parentesco citado en el párrafo siguiente.

— Las pymes en las que un grupo familiar formado por personas físicas unidas por relación conyugal o personas ligadas con análoga relación de afectividad, parentesco de consanguinidad hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, tengan conjuntamente una participación societaria de, al menos, un 50%, siempre que uno de los miembros del grupo familiar tenga una relación retribuida mediante pagos periódicos.

— Las pymes en las que una persona física sea titular de forma individual de una participación de, al menos, el 50% del capital social y tenga una relación retribuida mediante pagos periódicos.

OBJETO:

El objeto de esta convocatoria es apoyar el relevo generacional en empresas familiares y el proceso para diseñar un plan de relevo generacional, logrando una sucesión ordenada que garantice su sostenimiento y reduzca el porcentaje de disoluciones por falta de sucesión empresarial, a través de la realización de un diagnóstico empresarial al efecto, para la realización de Protocolos de Empresa Familiar o Planes Estratégicos Familiares (PEFs) en los que se regulen las relaciones profesionales, económicas y familiares en la empresa con la finalidad de asegurar su continuidad a través de sucesivas generaciones familiares o bien, la profesionalización externa de la gestión de la empresa familiar.

CUANTIA:

La intensidad máxima de subvención a aplicar para todos los gastos e inversiones subvencionables del proyecto será de hasta el 50% de los costes elegibles con un límite de 15.000 €.

PLAZO DE PRESENTACION DE SOLICITUDES:

El plazo de presentación de las solicitudes de subvenciones será de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria, fecha de publicación 27/02/2025.

La solicitante sólo podrá resultar beneficiaria una vez en el marco del presente programa y en sus respectivas convocatorias.

El plazo de ejecución del proyecto y, por tanto, el período de cobertura de los gastos subvencionados será el comprendido entre el 1 de enero de 2025 y los 6 meses siguientes a la fecha de notificación de la resolución de concesión. Para el caso de sociedades, su constitución y el inicio de su actividad deberán haber tenido lugar, al menos, cinco años antes de la fecha de publicación de la presente convocatoria. En el caso de autónomos, el inicio de su actividad deberá haber tenido lugar, al menos, con idéntica antigüedad. En ambos casos, para determinar la fecha de inicio de la actividad se tendrá en cuenta la fecha de alta de dicha actividad en la declaración censal emitida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

La solicitud deberá cumplimentarse vía telemática siguiendo el procedimiento de tramitación establecido en el Gestor de ayudas de SODERCAN, en la dirección web https://ayudas.sodercan.es

BOC CONVOCATORIA:

https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=416653

BOC BASES REGULADORAS:

https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=374476

https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=376281

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