BOC Nº 82 de 30 de abril de 2025. Resolución SOD/EMP/23/25, de 16 de abril de 2025, por la que se convoca para el año 2025 la línea de subvenciones del Programa de EMPRECAN Plus.
FINALIDAD DE LAS AYUDAS:
La línea de subvenciones del Programa de Emprecan Plus tiene como finalidad favorecer y apoyar las distintas actuaciones llevadas a cabo por empresas de reciente creación para ayudar al desarrollo de nuevas iniciativas emprendedoras, potenciar las capacidades del sistema cántabro de I+D y consolidar la actividad empresarial.
BENEFICIARIOS:
Podrá obtener la condición de persona beneficiaria las empresas o autónomos/as, cualquiera que sea su forma jurídica y tamaño, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud y sean titulares en Cantabria de una actividad económica y cumplan el resto de los requisitos establecidos a continuación. Para el caso de sociedades la fecha de constitución y el inicio de actividad elegible a desarrollar deberá ser igual o posterior al 1 de enero de 2023. En el caso de empresarios/as individuales (autónomos/as), la actividad elegible a desarrollar deberá haberse iniciado a fecha igual o posterior al 1 de enero de 2023.
En ambos casos para determinar la fecha de inicio en la actividad elegible se tendrá en cuenta la fecha de alta de dicha actividad en el modelo 036 de la AEAT. Deberán además cumplir con todos los requisitos establecidos en la convocatoria.
OBJETO:
Los tipos de actuación subvencionables serán los siguientes:
Línea 1. Formación Continua Especializada. Estimular e incentivar actividades relacionadas con la formación continua en áreas de difícil en el marco formativo tradicional.
Línea 2. Gastos de Constitución: Facilitar aquellas actuaciones que deba llevar a cabo el emprendedor para la constitución de su empresa.
Línea 3. Gastos de Puesta en Marcha. Incentivar las primeras acciones que el emprendedor debe realizar para la puesta en marcha de su proyecto empresarial.
Línea 4. Activos Fijos. Incentivar las acciones que el emprendedor debe acometer para la ejecución del plan de inversiones proyectado en la nueva empresa.
CUANTÍA:
Línea 1. Formación Continua Especializada: del 60% de los gastos considerados como elegibles, con un máximo de 2.100 € por empresa.
Línea 2. Gastos de Constitución: del 100% de los gastos considerados como elegibles con un límite de 500 € por empresa.
Línea 3. Gastos de Puesta en Marcha: del 60% de los gastos considerados como elegibles con un máximo de 15.000 € por empresa.
Línea 4. Activos Fijos: del 50% de los gastos considerados como elegibles con un máximo de 50.000 € por empresa.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Hasta el 16 de septiembre de 2025.
Podrán ser subvencionables los gastos que se realicen desde el 1 de enero de 2023 hasta el 16 de septiembre de 2025. En todo caso, todos los conceptos deberán estar facturados, pagados y ejecutados íntegramente en el momento de la presentación de la solicitud.
CONVOCATORIA:
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BASES REGULADORAS:
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CORRECCIONES BASES REGULADORAS:
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ORGANISMO RESPONSABLE:
SODERCAN
Parque Científico y Tecnológico de Cantabria (PCTCAN)
Isabel Torres nº 1, Edificio Grupo SODERCAN
Tfno.: 942 29 00 03