NOTICIAS

CONTROL DE LOS PROCESOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL

ORDEN ISM/2/2023 – BOE  11 de enero DE 2023

Esta Orden Ministerial desarrolla las novedades introducidas por el Real Decreto 1060/2022, que entrarán en vigor el próximo 1 de abril de 2023.

Las novedades básicas son las siguientes:

1.- Solo se entrega el parte de baja médica a la persona trabajadora

2.- No existe copia del parte de baja médica a entregar a la empresa

3.- Las empresas recibirán los datos relativos a los partes médicos de IT a través de los Ficheros INSS Empresas -FIE y FIER-

4.- Las empresas dispondrán de un plazo de 3 días hábiles para transmitir al INSS, a través del sistema RED, los siguientes datos:

El CNO (Código Nacional de Ocupación)

Puesto de trabajo

Descripción de las tareas que realiza el trabajador

Datos económicos para el cálculo de la prestación de IT

Se suprime, por tanto, la obligación de las empresas de transmitir información al INSS en los sucesivos partes de confirmación y de alta que el Servicio Público de Salud o la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social pueda expedirle al trabajador durante su proceso de IT.

Para cualquier información pueden dirigirse a:

Departamento Laboral Tfno.: 942241024 ext. 1

Compartir esta información