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PROTECCION DE LAS PERSONAS QUE INFORMEN SOBRE INFRACCIONES NORMATIVAS (CANAL DENUNCIA)

Ley 2/2023 – BOE 21/02/2023

FINALIDAD DE LA NORMA:

Proteger a las personas que en un contexto laboral o profesional detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves y las comuniquen mediante los mecanismos regulados en la misma.

En el  ámbito  privado  tienen  la  obligación  de  disponer  de  un  sistema  interno  de información los siguientes:

1.- Personas físicas o jurídicas que tengan contratados a 50 o más trabajadores.

2.- Personas jurídicas que entren en el ámbito de aplicación del Derecho comunitario en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, seguridad del transporte o protección del medio ambiente.

3.- Partidos políticos, sindicatos, así como las organizaciones empresariales y fundaciones creadas por ellos que reciban fondos públicos.

El plazo máximo de implementación de los sistemas internos de información será de 3 meses a partir de la entrada en vigor de la ley (hasta el 13 de junio de 2023) para las Administraciones, organismos, empresas de más de 249 trabajadores y demás entidades obligadas.

Excepcionalmente, en el caso de las entidades jurídicas del sector privado (empresas con una plantilla de entre 50 y 249 trabajadores) el plazo se extenderá hasta el 1 de diciembre de 2023.

Para cualquier información pueden dirigirse a

PYMETAL CANTABRIA

DEPARTAMENTO LABORAL

TELEFONO 942 24 10 24 – EXTENSION 1

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