PYMETAL, UGT y CCOO suscriben el nuevo Convenio Colectivo de Comercio del Metal de Cantabria para el periodo 2026-2030

PYMETAL, UGT y CCOO suscriben el nuevo Convenio Colectivo de Comercio del Metal de Cantabria para el periodo 2026-2030

El convenio, que afecta a 6.000 trabajadores de Cantabria, regula las relaciones laborales de los próximos 5 años en el sector.

Tras varios meses de negociaciones entre la representación empresarial y sindical del sector, PYMETAL Cantabria, la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT Cantabria (FeSMC-UGT) y la Federación de Servicios de CCOO de Cantabria han alcanzado un acuerdo para la firma del nuevo Convenio Colectivo de Comercio del Metal de Cantabria para el periodo 2026-2030.

El nuevo texto convencional introduce modificaciones orientadas a actualizar el marco regulador del sector, mejorar la organización del trabajo, reforzar la conciliación de la vida laboral y familiar y adaptar el convenio a la realidad actual de las actividades económicas vinculadas al comercio del metal.

Entre las principales novedades acordadas destacan:

  • La modificación del artículo 4 relativo al ámbito temporal del convenio, estableciendo una vigencia de cinco años, desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2030.
  • Las partes han pactado un incremento salarial de un 3,5% para el año 2026, y de un incremento salarial equivalente al 110% del IPC del año anterior para los siguientes años (2027 a 2030).
  • La antigüedad devengada antes de 1999 no se revalorizará más. La devengada posteriormente se actualizará conforme a los incrementos que experimente el salario base.
  • Se crean unas nuevas “jornadas especiales” dentro del artículo 17, regulando específicamente la organización del trabajo en fechas especialmente sensibles para la conciliación familiar, como el 5 de enero, el 24 de diciembre y el 31 de diciembre, que, sin merma de la jornada semanal – 39 horas-  contemplan un plus por trabajo en las tardes de dichos días.
  • Se incorpora un nuevo artículo 20 destinado a regular permisos sin retribución, fijando condiciones homogéneas para su disfrute en todas las empresas afectadas por el convenio.
  • Se incrementa la indemnización por accidente prevista en el artículo 28, que pasa de 12.000 a 15.000 euros.
  • El convenio redefine asimismo el ámbito funcional del convenio, adaptándolo a la nueva clasificación CNAE 2025, en lo referente al comercio y distribución del metal.

Las organizaciones firmantes destacan el clima de diálogo y responsabilidad mantenido durante todo el proceso negociador, que ha permitido alcanzar un acuerdo equilibrado, dotando de estabilidad laboral y seguridad jurídica tanto a las empresas como a las personas trabajadoras del sector en Cantabria, y que permite recuperar parte del poder adquisitivo perdido por los trabajadores durante la vigencia del último convenio colectivo 2020-2025.

Asimismo, el convenio incorpora avances en materias como conciliación, igualdad, salud laboral, desconexión digital y formación profesional, consolidando un marco moderno adaptado a las necesidades actuales del comercio del metal.

El texto será remitido en los próximos días a la autoridad laboral competente para su registro y posterior publicación oficial en el Boletín Oficial de Cantabria.

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