Orden EPS/06/2023 – BOC 04/03/2023
Objeto:
Convocatoria para el año 2023 de subvenciones destinadas al fomento del empleo, mejora de la competitividad y consolidación de las cooperativas y sociedades laborales.
Ayudas:
a) Programa I: Constitución de nuevas cooperativas o sociedades laborales e Incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales.
b) Programa II: Inversiones en inmovilizado material o inmaterial que contribuyan a la creación, consolidación o mejora de la competitividad de cooperativas y sociedades laborales, destinadas a la realización de aquellas inversiones.
Beneficiaros:
a) Las cooperativas y sociedades laborales, por su constitución y para la actuación de incorporación de nuevos socios trabajadores o socios de trabajo.
b) Las cooperativas con socios trabajadores o de trabajo y las sociedades laborales, para las actuaciones de realización de inversiones.
Requisitos:
a) Estar legalmente constituidas y tener los Estatutos adaptados a la normativa vigente a la fecha de publicación del Extracto de esta orden de convocatoria.
b) Estar inscritas en el registro público correspondiente, cuando proceda.
c) Tener domicilio social en la Comunidad Autónoma de Cantabria.
d) Cumplir con la normativa relativa a prevención de riesgos laborales, así como con la que en materia medioambiental o de igualdad de oportunidades y no discriminación les resulte de aplicación.
e) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución, que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y de sus obligaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o de cualquier otro ingreso de derecho público y que no son deudoras por resolución de procedencia de reintegro
Exclusiones e incompatibilidades:
Las subvenciones por incorporación de socios trabajadores o socios de trabajo serán incompatibles con otras ayudas o subvenciones que puedan concederse con igual finalidad.
Quedan exceptuadas de esta incompatibilidad las bonificaciones de cuotas a la Seguridad Social por incorporación de personas desempleadas como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales, siempre que se respeten los límites establecidos en la normativa que regule dicha bonificación.
Las subvenciones para la financiación de proyectos de inversión serán incompatibles con cualquier otro tipo de ayudas para igual finalidad.
Documentación:
Las solicitudes de subvención deberán presentarse en el modelo y con el contenido indicado en el Anexo I recogido en esta convocatoria, acompañadas de la documentación que se recoge en la Orden.
Solicitudes:
Las solicitudes de subvención, acompañadas de la documentación requerida, se presentarán telemáticamente, a través del Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria. El certificado electrónico con el que se firma la documentación presentada deberá corresponder a la persona que ostente la representación legal de la empresa solicitante.
Se presentarán en modelo normalizado disponible en la página Web de la Dirección General de Trabajo (https://dgte.cantabria.es).
Plazo de presentación:
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de Cantabria» y finalizará el 30 de junio de 2023.
Información institucional:
Dirección General de Trabajo en el teléfono 942 208 777 o a través de su página https://dgte.cantabria.es/
Para cualquier información pueden dirigirse a
PYMETAL CANTABRIA
Dpto. Laboral Tfno.: 942 24 10 24 – Ext. 1