SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN POR PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

Decreto 31/2023, de 11 de mayo- BOC 19-05-2023

OBJETO: Concesión de subvenciones destinadas a fomentar el empleo estable y de calidad, para la contratación, la transformación o el incremento de la jornada por pequeñas y medianas empresas y entidades privadas sin ánimo de lucro en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

BENEFICIARIOS:

Las empresas del sector privado, incluyendo autónomos, autónomas y mutualistas de colegio profesional, así como las entidades privadas sin ánimo de lucro, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Cantabria y concierten los contratos de trabajo subvencionables con las personas a que se hace mención en este Decreto.

PROGRAMAS SUBVENCIONABLES:

  • Programa I – Fomento de la contratación indefinida inicial a tiempo completo.
  • Programa II – Fomento de la estabilidad en el empleo mediante la conversión en indefinidos de contratos formativos.
  • Programa III – Fomento de la estabilidad en el empleo de personas contratadas en régimen de sustitución o interinidad.
  • Programa IV – Fomento de la calidad del empleo a través del incremento de las jornadas de trabajo.

COLECTIVOS:

Personas que reúnan las condiciones (inscripción, situación en desempleo…) exigidos según el Programa que corresponda y que no estén incursas en alguna de las exclusiones recogidas en la norma.

PLAZO:

Un mes contado a partir del día siguiente a la fecha en que se haya producido en Seguridad Social:

  • El alta del contrato
  • La conversión en indefinido
  • El incremento de la jornada

Excepcionalmente: para supuestos subvencionables realizados entre el 01-01-2023 y el 19-05-2023, el plazo será de DOS MESES (hasta 19-07-2023)

AYUDAS:

PROGRAMA I: CONTRATACIÓN INDEFINIDA INICIAL A TIEMPO COMPLETO SUSCRITOS CON:

  • Personas jóvenes mayores de 16 años y menores de 30, sin experiencia laboral o inferior a 90 días: 8.000,00 euros.
  • Personas jóvenes mayores de 16 años y menores de 30 en desempleo de larga duración: 8.000,00 euros.
  • Personas jóvenes mayores de 16 años y menores de 30, no incluidas en los apartados anteriores: 7.000,00 euros.
  • Personas desempleadas de larga duración, no perceptoras de prestaciones o subsidios: 8.000,00 euros.
  • Personas desempleadas de larga duración, perceptoras de prestaciones o subsidios: 7.000,00 euros.
  • Personas desempleadas de larga duración mayores de 50 años: 9.000,00 euros.
  • Mujeres mayores de 45 años, desempleadas e inscritas en el Servicio Cántabro de Empleo: 7.000,00 euros.
  • Personas contratadas anteriormente en empresas de Inserción, en situación de exclusión social: 9.000,00 euros.
  • Personas perceptoras del Ingreso Mínimo Vital o de la Renta Social Básica: 9.000.00 euros

PROGRAMA II: CONVERSIÓN EN INDEFINIDOS A TIEMPO COMPLETO DE CONTRATOS FORMATIVOS:

  • Hombres: 4500,00€
  • Mujeres:  5500,00€

PROGRAMA III: FOMENTO DE LA ESTABILIDAD EN EL EMPLEO DE PERSONAS CONTRATADAS EN REGIMEN DE SUSTITUCION O INTERINIDAD:

  • Hombres menores de 45 años: ………………………………………………………….………………….… 4.000,00 euros.
  • Mujeres menores de 45 años: ……………………………………………………………………………………5.000,00 euros.
  • Hombres de 45 o más años de edad: …………………………………………………………………………5.000,00 euros
  • Mujeres de 45 o más años de edad: ……………..…………………………………………………………. 6.000,00 euros.

PROGRAMA IV: FOMENTO DE LA CALIDAD DEL EMPLEO A TRAVÉS DEL INCREMENTO DE LAS JORNADAS DE TRABAJO

Hasta 7.000 euros dependiendo de la jornada, género y edad del trabajador ( consultar con nuestro departamento laboral)

OBSERVACIONES:

 -Las cuantías señaladas podrán experimentar un incremento en determinados supuestos especiales (contratos suscritos con victimas de violencia de género, personas con discapacidad y para programa I quienes acrediten titulación en Profesional o Certificado de Profesionalidad: además de otros incrementos establecidos en los artículos 19, 21, 23 y 25, apartados 3 y 4.

-Las subvenciones estarán sujetas según el Programa al mantenimiento o incremento de la plantilla.

-Las contrataciones estarán sometidas al cumplimiento de requisitos establecidos y siempre que no incurran en causas de exclusión (Art. 4 y siguientes del Decreto 31/2023, de 11 de mayo).

Es importante la lectura detallada del Decreto antes de comenzar con las solicitudes dada la complejidad de condiciones, requisitos y documentación que se regulan y solicitan.

MAS INFORMACION EN LA PAGINA WEB DE LA DIRECCION GENERAL DE TRABAJO DE CANTABRIA

https://dgte.cantabria.es

Compartir esta información

Últimas noticias económicas