SUBVENCIONES PARA INSTALACIONES DE ENERGIAS RENOVABLES TERMICAS EN DIFERENTES SECTORES DE LA ECONOMIA DE CANTABRIA

BOC Nº 209 DE 31 DE OCTUBRE DE 2022 por la que se convocan subvenciones dentro de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía en la Comunidad Autónoma de Cantabria, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

DESTINATARIOS:

PROGRAMA DE INCENTIVOS 1: Serán destinatarios últimos de las ayudas los siguientes sujetos, siempre que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado:

A) Personas físicas.

B) Personas jurídicas.

C) Cualquier entidad del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las entidades de derecho privado u organizaciones privadas sin ánimo de lucro.

D) Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración de cualesquiera de las figuras de los tres puntos anteriores, con o sin personalidad jurídica.

PROGRAMA DE INCENTIVOS 2: Serán destinatarios últimos de las ayudas los siguientes sujetos, siempre que no realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado:

A) Las entidades locales territoriales previstas por el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local o cualquier otra Entidad local o supralocal, distinta de las anteriores, legalmente constituida y dotada de personalidad jurídica propia.

B) Cualquier entidad del sector público institucional de cualesquiera Administraciones Públicas a que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como las entidades de derecho privado u organizaciones privadas sin ánimo de lucro.

C) Agrupaciones, asociaciones, consorcios o cualquier otra forma de colaboración de cualesquiera de las figuras del punto anterior, con o sin personalidad jurídica.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:

Se consideran actuaciones subvencionables todas aquellas actuaciones encaminadas a la implantación de nuevas instalaciones térmicas renovables, ampliaciones y sustituciones de sistemas de producción existentes que abastezcan cualquiera de las siguientes aplicaciones o un conjunto de ellas que, con carácter orientativo y no limitativo, se relacionan a continuación:

Aplicaciones térmicas para producción de frío y/o calor en edificios: agua caliente sanitaria, calefacción, refrigeración, climatización de piscinas, bien directamente o bien a través de microrredes de distrito de calor y/o frío.

Aplicaciones de baja, media y alta temperatura en procesos productivos u otras aplicaciones térmicas: ebullición, esterilización, limpieza, secado, lavado, blanqueamiento, vaporizado, decapado, cocción, lixiviación, baños térmicos para tratamiento de superficies, abastecimiento de servicios de lavandería, lavado de vehículos, pasteurización y conservación de productos perecederos, climatización de naves de uso industrial, ganado e invernaderos, etc.

Las tecnologías a subvencionar son:

Solar térmica

Geotermia

Aerotermia

Hidrotermia

Biomasa

Microrredes de distrito de calor y/o frío.

Los requisitos específicos de las actuaciones subvencionables, requisitos técnicos a cumplir y los costes elegibles serán los indicados en el Anexo I del Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, se puede acceder a través del siguiente enlace: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-21106

CUANTIA DE LAS AYUDAS:

El importe de la ayuda a otorgar será la suma de la Ayuda Base y la Ayuda Adicional que pudiera corresponder en cada caso:

1.º Ayuda base.

Para el Programa de incentivos 1, el importe a otorgar será de 35 puntos porcentuales sobre el coste subvencionable para todas las actuaciones subvencionables, que se incrementará para pequeñas y medianas empresas, según la siguiente tabla-resumen:

 % ayuda base gran empresa% ayuda base mediana empresa% ayuda base pequeña empresa
Programa de incentivos 1  35% 40%45%

Para el Programa de incentivos 2, el importe a otorgar a la instalación de producción de energía renovable térmica será de 70 puntos porcentuales sobre el coste subvencionable para todas las actuaciones subvencionables.

2º Ayuda Adicional

Cuando las actuaciones se lleven a cabo en municipios de Reto Demográfico, el porcentaje de ayuda aplicable sobre el coste subvencionable se incrementará en 5 puntos porcentuales. A efectos de este Real Decreto, se entiende por municipios de reto demográfico aquellos municipios de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes. 

PLAZO DE PRESENTACION DE SOLICITUDES:

Las solicitudes de ayuda correspondientes podrán cursarse hasta el 31 de diciembre de 2023, en la forma establecida la convocatoria (Orden IND/65/2022, de 18 de octubre), se puede acceder a través del siguiente enlace: https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=377269

MAS INFORMACION EN LA PAGINA DEL IDAE:

https://www.idae.es/ayudas-y-financiacion/para-la-implantacion-de-instalaciones-de-energias-renovables-termicas-en

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